lunes, 30 de octubre de 2017

CARTA ABIERTA A MANCERA POR ACTOS TIRÁNICOS... VIOLA DDHH

Ciudad de México, México, a 30 de octubre de 2017.

C A R T A  A B I E R T A


“No hay peor tiranía que la que se ejerce a la sombra
 de las leyes y bajo el calor de la justicia”
Montesquieu

C. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.
JEFE DE GOBIERNO
CIUDAD DE MÉXICO

Sirvan la presente como expresión del más profundo reproche y condena ante la delicadísima actuación política de parte suya, ante lo que pareciera interpretarse como irresponsabilidad en ejercicio de su función pública o torpeza para realizarle en el menor de los casos.

Después de leer las declaraciones, no por menos maniqueas, en la conferencia de prensa que ofreció en días pasados, al “advertir” que el tema de reconstrucción no debe ser politizado, bajo el apuro de hacer pasar la Ley del Programa para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México, tras el terremoto del pasado 19 de septiembre, por la caída de diferentes edificios y casas, así como de otros miles más severamente dañados.

A raíz de la corrupción con que fueron construidas esas edificaciones, lo que representa graves violaciones a los derechos humanos, de quienes fueron víctimas de esta catástrofe; así pues, SUS propuestas quedan no cortas sino patéticamente revictimizantes; no es factible bajo ningún esquema de financiamiento que las victimas paguen un solo peso por su afectación patrimonial (de ello parte la violación al artículo 17 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos DUDH), de hecho no solo se les tendría que construir sus casas o departamentos, sino que tendría que ser en la misma colonia donde se ubicaban, así como, pagar todo el menaje de los mimos; sumado a lo anterior, se les tendría que pagar un monto por la afectación en su dignidad humana por cada persona, y mayor, por quienes fueron asesinadas por la corrupción de gobiernos enviciados en la mezquindad económica, esta que violó el artículo 22 y 25 de la DUDH, los cuales deberán ser resarcidos en su totalidad, hasta intentar llegar al punto anterior del terremoto, esta es la justicia sustancial que protege los Derechos Humanos.


De no ser así, lo que usted propone es instrumentalizar los mecanismos técnico-jurídicos para simular una justicia, esta que es de tema político y que perpetúa la tiranía de los políticos de siempre, quienes con ello se lavarían de toda responsabilidad, hacer pagar a personas de la tercera edad o quienes ya se habían hecho de un patrimonio es un robo en despoblado, viola toda dignidad humana y establece un precedente antidemocrático, el cual podrá ser cobrado tarde o temprano, que por los tiempos que corren serían pronto.

Tiempos que se reflejan ya en el “fast track” en el proceso legislativo para su elaboración y aprobación en la Asamblea Legislativa, y que al pasar por un proceso de consenso político, es en sí per se un tema político, le guste o no, porque temo informarle que vivimos en una sociedad políticamente activa, donde no cederemos territorio ganado ante políticos como usted.

Que han hecho una marca comercial de la Ciudad de México, para explotarla y exprimirla de todas las maneras posibles, una de estas, el deterioro de la normatividad de construcción y el robo de espacios públicos para construir más edificios y gentrificar parques y bosques, como es el caso de Tarango.

El resultado de estos años de TERROR bajo su encargo, han quedado visiblemente expuestos, los planos de riesgos no fueron presentados en tiempo y forma, por retrasos bastante politizados, logrando con ello dar tiempo a constructoras de edificar donde se les diera la gana, chupando como sanguijuelas los mantos friáticos de la ciudad, hoy le condenan, como la persona menos apta y con la menor calidad ética para emitir cualquier comentario al respecto de la normatividad supuestamente politizada, la obnubilación electorera que vive lo hace francamente no apto para desempeñar el cargo público en el que se encuentra y que requiere de otro nivel de político.

Así pues, no al financiamiento de las víctimas del terremoto para obtener su patrimonio perdido, y sí al resarcimiento justo basado en derechos humanos.

Por la conquista de todos nuestros derechos
Rodolfo Vitela Melgar
Ciudadano Libre.



lunes, 16 de octubre de 2017

Derechos Humanos en riesgo… designación de Estado o Ciudadana.

Esta semana comienza formalmente la elección del relevo en la Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en este proceso se encuentra en juego la sustancialidad de los derechos humanos, su debida defensa, promoción y difusión, así como su investigación y estudio para casos concretos, especiales o generales y de política pública, ya que de conformidad con los Principios de París, estas instituciones nacionales no son meramente de defensoría sino  que su alcance es mucho mayor, la reductivilidad en ello pone en grave riesgo a los grupos en situación de vulnerabilidad y la efectiva protección de la dignidad humana; y lograr así que estos puedan materializarse buscando la justicia, esta que no solo es individual sino social.

De esta manera es necesario tener claro ¿qué es un Ombudsman, Ombudsperson o Defensxr del Pueblo?, para lo cual, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos se ayuda de la propuesta realizada por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos como: “una institución que protege a las personas contra los abusos o actos arbitrarios de la administración pública, que pueden afectar sus derechos y garantías fundamentales[1]”, y que por su experiencia puede incluso prever futuras violaciones ante acciones gubernamentales, las cuales pueden ser por omisión, por inacción o por exceso de sus funciones.

Señala también, que son agentes institucionales del Estado, más no del gobierno, por ello se debe de entender que se encuentran lejos del alcance político de los gobiernos, de ahí parte la naturaleza de autonomía de gestión e independencia de criterio pues: “cuenta con un presupuesto propio para el pago del personal y de los gastos institucionales y su actuar debe regirse por la Constitución Política del país y las leyes[2]”.

Así pues, de conformidad con los estándares internacionales para elegir a la mejor opción, embonando sin tensiones, ni a la fuerza en el perfil de Ombusdperson, las Naciones Unidas toman en consideración 4 Principios por los que se debe de regir para su actuación[3]:

1º.  Independencia: En ejercicio de sus funciones, el Ombudsman actúa con independencia estructural y funcional;

2º.  Neutralidad e imparcialidad: como persona funcionaria designada neutral, no toma partido por ninguna de las partes en un conflicto, no adopta decisiones, no establece políticas ni las modifica, ni impone acciones, así como examina cada caso de manera objetiva y trata a todas las partes en pie de igualdad;

3º.  Confidencialidad: No puede revelar información sobre casos individuales ni visitas de funcionarios sin autorización;

4º.  Carácter oficioso: En virtud del carácter oficioso de su función, no participa en ningún procedimiento adjudicativo ni administrativo oficial en relación con las inquietudes que se señalan a su atención.

Estos principios se basan en el Código de Ética elaborado por la International Ombudsman Association, y se adecuan de conformidad a la especificidad de cada designación en particular. Para materializar estos principios se establece un perfil[4] adecuado para cada Estado, el trabajo de Luis González ayuda aclarar este punto y que en él se puede encontrar los Principios anteriores:

1)    Autoridad moral. Elemento subjetivo, que puede objetivarse con lo que es la imagen pública, que si bien también puede decirse que tiene alta dosis de subjetividad, si en cambio refleja la percepción de la gente respecto de alguien;

2)    Capacidad y conocimiento. Experiencia para encarar y resolver a fondo los problemas de violaciones a derechos humanos;

3)    Sensibilidad. Facilitador en las relaciones con todos los interlocutores de la institución;

4)    Liderazgo. Ponerse al frente de los trabajos de investigación y resolución de la violación de los derechos humanos;

5)    Creatividad. Visualizar nuevos horizontes de desarrollo de la institución;

6)    Sólida trayectoria profesional. Visión de incorporar todas las herramientas para la defensa de los derechos humanos;

En este mismo documento se encuentran las principales características para Ombudsperson, encontrando:

A.   Ejercer un liderazgo incluyente dentro del sistema no jurisdiccional de protección de los derechos humanos;

B.   Mantener una estrecha comunicación con la sociedad civil. No puede haber antagonismos, sino coincidencias con las organizaciones civiles, en los ejes fundamentales en la materialización práctica de los derechos humanos;

C.   Actuar con firmeza dentro de un esquema de respeto y diálogo con las autoridades;

D.   Fortalecer la vinculación con los organismos públicos internacionales y con las organizaciones no gubernamentales;

E.   Establecer una reingeniería estructural en función de los grandes problemas que se presentan en la materia;

F.    Utilizar todos los instrumentos que brinda la ley;

G.   Dar efectivo seguimiento a las Recomendaciones emitidas. Siendo el mayor instrumento que se otorga al Ombudsman es ineludible la responsabilidad de la institución de insistir en el cabal cumplimiento de su contenido.

Ergo, no todas las trayectorias de quienes se inscribieron cuentan con esta dimensionalidad para realizar dicho cargo, algunos son políticos de carrera, otro más de carácter electoral y un par más que no tiene cabida para la competencia, este “desperfilamiento” (acción de incompatibilidad con lo que DEBE ser una Ombudsperson) ayuda a desacreditar los derechos humanos, a que sean instrumentalizados, por ello ante la coyuntura que vivimos en la Ciudad de México y el abuso del cargo no es conveniente continuar con esta dinámica.

Solamente 3 son las trayectorias que cumplen con los requisitos anteriores, además que son propuestas ciudadanas, profesionalizadas en los derechos humanos y con gestión probada, constituyendo una terna consistente[5], integrada por:

·         Hilda Téllez Lino;
·         Ricardo Hernández Forcada; y   
·         Juan Carlos Arjona Estévez.

Por tanto, sí existen opciones viables, que puedan cambiar el rumbo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, como una institución sólida, autónoma e independiente, para que en el futuro se recobre la confianza, y poder concretar acciones que se encaminen hacia la justicia, la reparación y no repetición de las violaciones a los derechos humanos.

Por la conquista de nuestro derechos.
Rodolfo Vitela Melgar
Ciudadano Libre.




[1] Consúltese “La figura del Ombudsman Guía de acompañamiento a los pueblos indígenas como usuarios” : http://www.corteidh.or.cr/tablas/22612.pdf
[2] Ídem.
[5] Nota: El orden en que se presentan son aleatorios.

miércoles, 11 de octubre de 2017

Objeción de conciencia, instrumentalización de la libertad religiosa… La dinámica para implantar discriminación indirecta.

Sí bien, el éxito de los avances en la conquista de la igualdad sustantiva y no discriminación han avanzado en la agenda global, permitiendo con ello el acceso al amplio catálogo de los derechos humanos; los cuales generan, la obligatoriedad de observancia por los Estados Parte, al reconocimiento de la dignidad humana de todas las personas por el hecho de serlas.

Esto continua pendiendo de un hilo, ya que existen hoy en día, una ominosa contra ofensiva por parte de los grupos ultraconservadores, esos que son supremacistas, violentos y fanático religiosos.

Así pues por un lado, el pasado martes 10 de octubre, entró en vigor la Ley HB 1523[1], en el estado de Misisipi, en la unión americana, la cual permite que establecimientos mercantiles de cualquier tipo, así como a sus empleados, puedan discriminar a las personas Lesbianas, Gay, Bisexual, Trans e Intersexual (LGBTI), objetando conciencia en pleno ejercicio del derecho a la libertad religiosa.

Al mismo tiempo, este 10 de octubre en México, la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones a la Ley General de Salud, para que el cuerpo médico pueda negarse a brindar atención médica a pacientes, por razones de objeción de conciencia.  

En esencia, estos dos actos de odio no son hechos aislados, provienen y obedecen a la estrategia global de acciones religiosas de origen pentecostés en contra de la mal llamada “ideología de género”; quienes forman y engrosan en gran medida el Partido Encuentro Social; esfuerzos visiblemente vinculados y ligados a las ideologías religiosas que se practican en Misisipi, así como Brasil entre otros países y que tienen gran influencia en México, buscando imponer una religión o culto religioso, en términos más prácticos.

Iniciativa diseñada, promovida y arropada por el Partido Encuentro Social; esfuerzo encabezado por la diputada Norma Edith Martínez Guzmán; sí, esta misma, quien comparó al matrimonio de personas del mismo sexo con delfines y laptops[2], calificándolas de absurdas, la misma que se opone a la educación sexual y reproductiva, y quien escenificó tremendo escándalo por los libros de texto que le abordaban, tachándoles de pornografía.

En ambos casos, se obstaculiza el libre desarrollo de la persona, al generar un estado de inseguridad, pues se tiene la autorización de violar los derechos humanos, tanto de las mujeres como de grupos específicos minoritarios; peor aún, esto va –y así lo afirmo- va a generar un incremento en la violencia de género, que abarcará hasta aquellas por orientación sexual e identidad de género, incrementará la estigmatización por estereotipos y la segregación social, todo ello probablemente resulte en ataques y crímenes subjetivos a feministas y activistas de los derechos humanos de las mujeres como a integrantes de la población LGBTI, y con ello la violación a su dignidad humana.

Sin embargo, en nuestro caso, la cosa se pone más grave, ya que estas acciones legislativas violan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en adelante Constitución, al mismo tiempo la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; ya que las modificaciones a la Ley General de Salud establece actos de discriminación indirecta, que de conformidad al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), le define como aquel: “Acto menos visible, pero igualmente o más pernicioso, que la discriminación directa, su objetivo inmediato no es anular o limitar el acceso a los derechos y a las oportunidades a alguna persona o grupo, en los hechos limita o anula este acceso al establecer condiciones que no puede cumplir gran parte de la población[3]”, es decir, “consiste en la imposición u observancia de normas, reglas, que en primera instancia parecen inofensivas en esta materia pero que en la práctica no lo son ni mucho menos, y aún más, disponen de consecuencias nefastas y negativas afectando los derechos de aquellas personas que alcanzan[4]”.

De esta manera, los cambios afectaran de manera importante, el acceso a las mujeres de abortar legalmente y de forma segura, obtener información para la planeación reproductiva, así como la atención médica a personas que viven con VIH, o personas Trans e Intersex para tratamientos médicos; incluso a cualquier tratamiento por tratarse de personas LGBTI, también el alcance abarca no respetar los derechos de las parejas aseguradas por sus cónyuges del mismo sexo o quienes se encuentren en concubinato, negándoles incluso su inscripción a la seguridad social que brinda el Estado mexicano, teniendo como 5 pasos adelante la interdicción, la cual quedaría fuertemente dañada.

Esto podría poner a debate nuevamente que jueces y cualquier servidor público no atienda a la persona, motivada por objeción de conciencia a justificación de la orientación sexual, identidad y rol de género, para no realizar las funciones públicas para las cuales fue contratada.

Ahora bien, la diputada Norma Edith Martínez Guzmán del Partido Encuentro Social, basó su perorata en la motivación y justificación del proyecto de modificaciones, arguyendo que dentro de los derechos y libertades que protege el artículo 18 de la Declaración de los Derechos Humanos, en adelante la Declaración, se encuentra el derechos de objeción de conciencia interpretada así por la diputada, lo cual fue incorrecto, ya que la objeción de conciencia se encuentra enmarcada solo para los casos de aplicación de fuerzas mortíferas, es decir, acciones militares, en tiempos de guerra y en tiempos de paz; como aquellas personas que no hayan realizado su servicio militar obligatorio. Este derecho tutelado, no se encuentra como tal en el artículo 18 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) sino que su reconocimiento y regulación se encuentra delimitado bajo la Observancia General número 22.

Por ello, la inexactitud obedece a una interpretación maliciosa, ya que no tomó en consideración el punto tercero del artículo en comento, al precisar: “La libertad de manifestar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos y libertades fundamentales de los demás”.

Ergo, el derecho a la objeción de conciencia se limita en el Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos, a las acciones mortíferas en actuación militar o por su adiestramiento para ello, más no así en el desempeño de funciones públicas civiles para proteger los derechos de la salud y protección de la seguridad y orden, o la moral pública (normatividad constitucional), o para menoscabar los derechos y las libertades fundamentales de las demás personas.

Por tanto, la naturaleza laboral exige en materia de salud estar a lo dispuesto por la normatividad interna nacional, que en esta caso particular, los derechos humanos respaldan plenamente dicha construcción, siempre y cuando estas no contravengan los principios que le sostienen, artículo 30 de la Declaración, por lo que respeta y empata plenamente con la laicidad del Estado mexicano en el artículo 40 de la Constitución en correlación al 130, 3° y 40 del mismo, respectivamente.

Estableciendo que el desempeño y la actuación profesional, en el ámbito del servicio público, las personas que prestan al Estado mexicano su trabajo, estarán sujeto bajo el criterio de laicidad, por tanto, cuando una persona presta sus servicios, trabajo o labor, tendrá que estar sujeta a lo dispuesto por una ética de servicio público laico, porque finalmente es el Estado por medio de ellos a quien personalizan y no se les pide que actúen de manera privada, así la realización de sus funciones que son de orden público, respeten en todo momento, la separación de criterios personales por los profesionales, en cada una de las encomiendas o cargos públicos.

En donde los posibles márgenes de apreciación (la opinión personal al respecto de algún tema) quedarían fuera de contemplación en la ejecución de la función pública y se tendrá sujeta a la normatividad vigente, emanada del Estado mismo.

De esta manera, la objeción de conciencia no tendría cabida, ni por doctrina de protección de los Derechos Humanos, ni por la naturaleza del desempeño y ejecución de las funciones públicas de aquellas personas al servicio del Estado, pues su premisa profesional es respetar y hacer valer las leyes conforme al principio laicidad.

Espero que esta afrenta al Estado mexicano, que viola el artículo 1° constitucional así como las demás en la materia de laicidad sea detenida en el Senado, sin embargo observando la realidad nacional, esta tendrá que ser llevada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Por lo pronto desde acá, una demanda ciudadana por la malevolencia instrumental del derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión de los Derechos Humanos bajo la modalidad de objeción de conciencia con la finalidad de violarle y vulnerar la dignidad humana de las mujeres y de la población LGBTI. 

Y a la diputada Norma Edith Martínez Guzmán todo el desprecio por su maquiavélico movimiento legislativo, así como al PRI, PAN, Verde y Encuentro Social.

Solo les faltan 14 meses, no menos 16… lo pensé o lo dije.

Por la conquista de todos nuestros derechos
Rodolfo Vitela Melgar
Ciudadano libre.

lunes, 9 de octubre de 2017

Ante el desprecio de la vida… ¡Ahora lo que sigue! Una propuesta basada en Derechos Humanos

Observo, con gran preocupación como el gobierno, tanto de Peña Nieto como de Mancera, intentan dar trámite “fast track” a la tragedia ocurrida por los terremotos del 7 y 19 de septiembre, pareciera una fase de “tramitología del desastre”, que todo salga rápido y en friega. Recurriendo a esquemas financieros para “reconstruir” viviendas de personas afectadas, sin que esto termine de convencernos.

La razones muy sencillas: 1ª el proceso electoral, el cual arranca en medio de esta tragedia, intentado frenéticamente de tapar rápido, cualquier acto de corrupción y negligencia, con el objetivo de menguar el castigo ciudadano en su intención de voto para 2018; porque en este caso, tanto los partidos que componen el Frente Amplio: PRD y PAN, han sido los gobiernos protagonistas del desastre ocurrido en la estrenada Ciudad de México, así como en Morelos y Puebla –como leí hace unos días por ahí, “los desastres se construyen no son fortuitos”, junto al PRI en Puebla también, Oaxaca y Chiapas; 2ª esta clase política guiada por viejos preceptos, como el famoso “año de Hidalgo”, efectos que veremos después a finales del próximo año; y bueno finalmente, la 3ª sacar raja política, como ya se ha censurado en medios de comunicación.

Sin embargo, y ante la prontitud de limpiar los escombros, otorgar financiamientos e intentar en un esfuerzo esquizofrénico de los políticos por devolver la normalidad a estas entidades federativas, existen los tiempos de las víctimas, de la población en general que nos vemos atropelladas, no por menos decir, avasalladas por la inercia que han generado, por eso es necesario hacer un alto y detenernos por un instante a pensar las cosas, para poder evaluarlas y estar en posición de reaccionar.

El proceso de reconstrucción debe ser un acto de profundas modificaciones ciudadanas, debemos de comenzar a plantearnos seriamente las condiciones y principios sobre los cuales nos regiremos en nuestra edificación, cambios que no alcanzarán tan solo con los resultados en las urnas, sino que tienen que ir más allá en su alcance, estos que deben de regirse por un compromiso sustancial para recuperar nuestra dignidad humana como sociedad; tomando en cuenta en todo momento la seguridad humana para su planteamiento.

Para tal encomienda, es necesario hacer constantemente ejercicios de otredad a fondo. Por ejemplo, pensemos por un momento, que compramos un departamento; representa un patrimonio que se ha forjado con el trabajo cotidiano, con esfuerzos severos a nuestras finanzas, a privarnos de muchas cosas, con tal de tener un espacio, un lugar propio donde vivir, pensando muy probablemente en la seguridad de envejecer de manera digna, con un techo que nos cubra y un bien económico para nuestros familiares en un futuro. Ahí mismo, se forja la familia, espacios que dejan de ser solo paredes, generan un sentimiento de pertenencia, de protección, el lugar donde descansar sin temores ni miedo: el hogar, recubierto de electrodomésticos, centros de entretenimiento y tecnológicos, muebles y demás para la consecución de nuestro día a día, alguno de ellos obsequiados por seres queridos, con enorme valor sentimental. También, es el lugar donde guardamos inversiones monetarias o de otro tipo, como automóviles y demás. Este espacio, también puede ser rentado, pero con cada pago se asegura la tranquilidad de vivir bajo el cobijo de un techo para nosotros y nuestras familias; estas que son extendidas.

Lo mismo sucede, con  los centros educativos, las escuelas junto con todo el bagaje que esto tiene, será el segundo hogar de nosotros o de nuestros descendientes, espacios seguros, donde serán cuidados.

Toda esta seguridad es generada por el contrato social que nos hemos dado y establecido, por medio de una serie de normatividades y regulaciones que generan la certeza, de que se encuentran protegidas nuestras vidas y las de nuestros seres queridos, esta confianza que se otorga al tenerle por cierto, ya que todo en teoría se encuentra en orden. No pensamos al comprar una propiedad, que estamos frente a un robo o fraude; pues sí se está construyendo, es porque cuenta con el cumplimiento de toda la normatividad al respecto, los permisos y la revisión de las autoridades para que se cumpla; sin embargo, buscamos siempre, que se nos proporcione toda la información posible, para checar, por cuenta propia que esto suceda, realizando quizás torpemente y sin ser especialistas en la materia, nuestra propia investigación. Así, asumimos que se actúa de buena fe, lo que para los derechos humanos es interpretada como comportamiento fraterno y deberes con la comunidad debidamente cumplidas. 

Un día, un movimiento telúrico, cambia toda esa seguridad, se desploman o dañan nuestras propiedades; no solo se pierden las paredes, se pierden los hogares, la seguridad, los patrimonios, nuestras propias vidas, las vidas de seres amados. Entonces se desploma el contrato social que hemos firmado, observar que otras personas, que viven a lado nuestro no perdieron sus propiedades, y nosotros sí, es la peor zozobra posible. Así, no solo se aplastaron vidas sino también la dignidad humana.

En el momento, la reacción de rescate, arropada por la sociedad ciudadana, el consuelo entre nosotras, las personas comunes y corrientes, genera un ánimo de campo de seguridad, de solidaridad fraterna con quien lo ha perdido todo. Esperando la actuación de las autoridades para poner todo en orden; sin embargo, esto no llegó, la apropiación del rescate cercó toda posibilidad de confianza con los poderes, siendo el cerco informativo la confirmación de ello; las devastadoras denuncias de familiares por la inacción de las autoridades, en el rescate de los seres queridos, dan testigo de la grotesca escena; posteriormente el robo de bienes fue aún peor; es necesario reconocer que la tragedia nacional se vive en dos vías, entre aquellas que sin poder alguno logramos mucho y aquellos que con todo y su poder lograron poco.

Tal ejercicio, nos hace dimensionar que por cada edificación dañada o derribada por el sismo, constituye una violación a los derechos humanos, con dos dimensiones: la individual como víctimas directas, y la colectiva por el temor generalizado de incertidumbre; ambas se constituyen como víctimas por la corrupción. Definida por transparencia internacional como: “el abuso del poder encomendado para el beneficio propio”; propuesta que cuenta con tres elementos sustanciales:

Primero: el abuso de poder, como aquel exceso de atribuciones y fuerza que realiza la autoridad –la cual es planeada, elaborada y ejecutada por una persona o grupo de personas que se encuentran en funciones públicas- poniéndose de acuerdo en cómo violar la ley, dando como resultado, la ubicación en situación de vulnerabilidad a las personas y sus derechos humanos;

El segundo, la encomienda: encargo que somete a la autoridad a capricho y voluntades de intereses mezquinos, es decir, alguien que tienen a su disposición a servidores públicos y representantes para la realización de una acción que contravenga la ley o peor, que se modifique a su antojo para favorecerles con objetivos específicos y claros –realizada por particulares que buscan violar la normatividad;

Tercera, beneficio propio: en provecho de intereses individualistas -autoridades y particulares-, que trae consecuencias graves a otras personas y a la sociedad en su conjunto, como la pérdida de la vida y el deterioro de su calidad.

Por lo anterior, se viola el artículo 1° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ya que establece en su parte final, la obligación de observar un comportamiento fraternal entre seres humanos, relacionado con el artículo 25 al violar los deberes respecto a la comunidad, ambos artículos bajo una dimensión de solidaridad. Lo que implica desde luego, no actuar corruptamente, y no caer en impunidades al momento del castigo.

A partir de lo anterior, las violaciones a los derechos humanos en puntual se conforman por no cumplir con las obligaciones de México como Estado Parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por no liberar a nuestra sociedad del temor y la miseria; antes, durante y posterior a la catástrofe, violando los artículos:

1° Por actos de corrupción e impunidad, en relación al nulo respeto y protección de la dignidad humana, y del comportamiento fraterno;

3° No se procuró salvaguardar la vida de quienes la perdieron, debido a la corrupción en la construcción de edificios derrumbados por el terremoto, así como a su seguridad; en una segunda dimensión tampoco se cumple en la actualidad con las personas damnificadas;

8° Debido al estado de impunidad, se violenta el derecho a un recurso efectivo que le ampare contra actos de corrupción, que llevo a la perdida de seres queridos, salud y patrimonio. Por tanto, representa la inseguridad jurídica estando a merced del gobierno, que provocó con su mala actuación el deterioro en la calidad de vida de las víctimas;

 En concordancia con lo anterior, se encuentran violentados los artículos 16.3 derecho de la familia, 17 propiedad privada, 19 libertad de expresión en su dimensión de recibir información, 22 derecho a la seguridad, 25.1 nivel de vida adecuado, 26 educación, 27 culturales y  29.1 de los deberes de las personas.

Para la Reconstrucción

En un intento por tratar de concentrar la reconstrucción a raíz de las violaciones a los derechos humanos, nos encontramos con varias vías, todas ellas fundamentadas principalmente en el principio PROPERSONA, es decir, todas las acciones para la re-edificación deben ser pensadas, diseñadas, planeadas y ejecutadas en el sentido más amplio de protección a la dignidad de las personas damnificadas, por tanto las posibles vías son:

1° La vía de resarcir el daño:
Estas acciones son la materialización de las políticas públicas en bienestar para las víctimas del sismo, así las fases de esta vía sería:

a      Regresar al estado anterior, previo al terremoto, la calidad de vida creada por cada persona; por tanto, se les debe resarcir en su totalidad sus documentaciones, propiedades e inversiones.

Acciones:
a.1 Se les debe dar la calidad de víctimas;

a.2 Se debe de construir viviendas ubicadas en las demarcaciones donde tenían sus propiedades y no desplazarles a otras partes; por ello, darles un crédito constituye un acto mezquino re-victimizante y vuelve a violar derechos humanos por parte del gobierno, ya que el dinero con que se reconstruirá no le pertenece al gobierno, sino al Estado quien es el “resarcidor”, al mismo tiempo no solo las constructoras fueron las corruptas si no el mismo gobierno que ahora intenta resarcirles, la cuenta debe ser pagadas por ambas partes;

a.3 Se debe crear protocolos de atención, para tramitarles: credencial del INE, actas de nacimiento, escrituras, pasaportes, títulos y cédulas profesionales, así como cualquier otro documento acreditador que poseían con anterioridad, para cualquier trámite, como son facturas de automóviles, tarjetas de circulación y licencias de manejo, seguros de vida, automóviles y vivienda, credenciales de la tercera edad.

b    Actos de no repetición. Como reglamentos de construcción más estrictos, fiscalización de procesos en designación de licencias de construcción y remodelación:

b.1 Espacios urbanos: los cuales deberían generar una red de lugares seguros en casos de catástrofes naturales, son vías que deben estar libres de obstáculos que les puedan dañar, como es el caso de los postes de luz, son una trampa, una telaraña que actualmente contienen miles de cables, es necesario que el gobierno de la ciudad les quite y distribuya de otra manera, también el tipo de material y la distancia de entierro debe ser proporcional al peso, ya que la gran mayoría de ellos esta ladeado y en mal estado, incluso antes de los sismos;

b.2 Espacios educativos: después de observar los videos, de evacuación de las estancias del ISSSTE y la forma en como actuaron para sacar y proteger a todos esos menores de edad; y de la caída de la escuela Rebsamen, así como el deterioro de cientos de escuelas, se debe cambiar la norma de construcción de los centros escolares de preescolar, primaria, secundaria y preparatoria, los cuales deben ser no mayores a un piso, así como escaleras independientes y en buena cantidad, que no se caigan con el sismo;

b.3 Distribución de espacios educativos: la cantidad de alumnado por salón debe ser el adecuado para permitir evacuación pronta, que mochilas no se encuentren estorbando, así como dos puertas de salida por salón;

b.4 Revisión de protocolos de acción en las escuelas, para checar escenarios de repliegue y contención, así como de evacuación.

b.5 Realizar, por lo menos una vez al mes, simulacros por protección civil;

b.6 Programas de prevención del desastre, como puede ser: implementar el uso de silbatos, kits de protección (mochilas con lo necesario ante desastres naturales); en cines contar con videos para informar en caso de alerta sísmica como actuar, muy parecido a los que utiliza el Auditorio Nacional), generar protocolos para detener cualquier construcción que se esté llevando en ese momento para ser evaluado por peritos;

b.7 Generar protocolo de auditoria ciudadana, el cual generará procedimientos de seguridad estructural, resultando en un documento que certifique por parte del gobierno, que las edificaciones son seguras, con el objetivo de tener un mecanismo de control contra la corrupción, ya que al extender estos documentos, sí se hace de manera corrupta, serían el medio documental comprobatorio de ello y poder materializar así la corrupción y negligencia.

b.8 Gentrificación, se debe de regular la venta de casas para ser demolidas y construidos edificios, lo que deteriora la calidad de vida de las personas originarias, impactando en altos niveles de contaminación, tráfico de todo tipo, falta de agua, subida de impuesto predial y modificaciones a patrones conductuales colectivos por quienes llegan a estos espacios;

b.9 Accesibilidad, para que personas de la tercera edad y con algún tipo de discapacidad, dejar las escaleras por rampas, con inclinaciones adecuadas, zonas de seguridad y pasamanos adecuados, luz auxiliar y que sean resistentes a sismos;

Así mismo, cuando se adquiera una propiedad, la inmobiliaria deberá entregar un expediente de seguridad, el cual deberá estar compuesto con el certificado de seguridad, ubicación del inmueble dentro del mapa de riesgos de la Ciudad de México, áreas de seguridad, y protocolos de actuación en casos de sismos, incendios e inundaciones;

      De re-dignificación. En dos ámbitos, derecho a la verdad y construcción de memorial.

3ª La responsabilidad: ésta a diferencia de la anterior, se va a los aspectos profundos de investigar la razón real y verdadera de la caída de estructuras, en donde se explique el impacto real de gentrificación, sí existe responsabilidad de las constructoras y/o de las autoridades o ambas, con la diferencia que se requiere de responsables físicos y no meramente “simbólicos”, los cuales no van a la cárcel. Ya que la percepción que compartimos muchas personas, es que se ha sobre construido en estos dos últimos sexenios de manera irresponsable, hemos visto como en una misma calle al mismo tiempo se construyen 2 o tres edificios, el caso de la delegación Benito Juárez, resulta ser paradigmática, ya que cuenta con una cantidad importante de estas edificaciones que van de todos los tamaños habidos y por haber.

A parte de las construcciones menores a doce años, se encuentran también las más antiguas, como aquellas que se encuentran sobre Eje Central; conocer sí existía por parte de quienes ahí vivían que el edificio se encontraba o no con problemas visiblemente expuestas, y saber sí el gobierno y protección civil tenían conocimiento o no, y conocer cómo se actuó caso por caso, ya que son más de 3 mil estructuras dañadas.

Y así, estar en posibilidades de poder fincar responsabilidad a empresas constructoras y autoridades, quienes concedieron permisos y supuestamente fueron visitadas; será necesario revisar estudios de dinámica de suelos, vibraciones etc. Ya que la violación a los derechos humanos genera una fuerte ruptura de la confianza de las personas gobernadas a los gobernante, esta debe de reconstruirse también, por medio de la actuación de peritajes, autónomos independientes y con reconocimiento de su calidad profesional, lo que deja fuera a  ingenieros y arquitectos pagados por gobiernos y por empresas constructoras, debido a que no se puede ser juez y parte, tiene que ser un tercero, entre ellos se encuentra la vía internacional.

Otra parte de la responsabilidad recaerá en las escuelas, es necesario analizar parte por parte lo sucedido en el Colegio Rebsamen, saber sí son ciertas las anomalías que se difundieron por redes sociales o no, y sí fueran comprobadas la necesidad de actuar contundentemente conforme a las responsabilidades que van desde dueños, protección civil, SEP y autoridades tanto delegacionales como de gobierno central. Esto pone en la lupa a todo el sistema de escuelas privadas en México, es necesario generar un protocolo de certificación de seguridad, de la misma forma que replantear investigaciones a dueños de estos, y de protocolos de actuación caso por caso, ya que las edificaciones no son homogéneas, lo cual deberían de serlo.

Otro punto, son los  centros de trabajo, oficinas que se encuentran dañadas, la gran mayoría son gubernamentales, por tanto, se debe de investigar a dueños y funcionarios públicos, ya que se tiene la percepción que estos son rentados por los mismo círculos de Poder, obligando a regresar a laborar dentro de ellos, cuando estos no presentan seguridad para personas trabajadoras; igualmente se debe de extender certificado de seguridad;

4a vía. La certeza. Este debe constar de:

La administración de los recursos, tanto monetarios como materiales y en especie donados por la ciudadanía. Y es que se necesita certeza real que estos no vayan a ser desviados por el gobierno; existe información del domino público que palas y demás donaciones fueron ya apropiadas por el gobierno, nuevamente se deben de asignar a protección civil y no a militares y policías, porque nuevamente es necesario recordarle al gobierno que no existe la desconfianza en ellos.

Es necesario que sea de conocimiento general las zonas de riesgo para construcciones, avalado por sociedad civil y academia.

Aquí nada de que no hay culpables, nada que fue el pasado, nada que no se sabía; acá se trata de violaciones graves a los derechos humanos, los cuales fueron realizados por dos partes, el gobierno y las empresas o particulares, la respuesta ahora tiene que ser otra; porque no basta con que los partidos políticos renuncien, sedan o como se les quiera llamar el término técnico, de no recibir o donar las prerrogativas para las campañas, sino la calidad de la justicia, esta que debe ser social, debe ser subjetiva para aplicar a cada persona por su caso en particular, y que debe ser ejemplar, nunca más otro 85, sin responsables y sin justicia.

Por la conquista de nuestros derechos.
Rodolfo Vitela Melgar

Ciudadano Libre.

miércoles, 4 de octubre de 2017

Otra vez es marzo 15, otra vez es 2015… Censura indirecta “Sinfonía de la idiotez”

"La Sinfonía de la idiotez"
Leonardo Curzio

Antes de comenzar, mi indignación y repudio a la censura contra María Amparo Casar y Ricardo Raphael de manera directa y de manera indirecta a Leonardo Curzio, mi solidaridad para ustedes y cariño por siempre.

El día de ayer, 3 de octubre de 2017, a través de Twitter nos enteramos de la salida del aire del querido Dr. Leonardo Curzio, dejando la primera emisión de Enfoque Noticias en el 100.1 de FM y 1000 de AM, concesionada a NRM Comunicaciones; noticia que en un primero momento nos dejó, por lo menos, aturdida a toda la audiencia que le seguimos, y posteriormente, genero una certeza indudable: que esto nuevamente, es un acto de censura, la cuestión ahora era saber ¿a quién incomodo, por qué, y cuándo sucedió? Pues ya lo habíamos pasado antes con Carmen Aristegui, Maite Azuela y Víctor Trujillo, a través de su personaje de sátira social y política “Brozo”.

Posteriormente, como transcurría la mañana y escuchábamos a Leonardo, alrededor de las 8:30 y 9:00 am, informaba que se iba por cuenta propia, a razón que le pidieron “la cabeza” de dos de sus colaboradores; se confirmaba la certeza, su salida obedecía a un acto de censura a dos voces de su equipo, y vino la siguiente certeza: le pidieron que les diera aire a María Amparo Casar y Ricardo Raphael, cosa que el mismo comunicador no dijo; pero era obvio, ya que eran las voces más críticas en su espacio radiofónico, y que con el pasar de los minutos confirmaba el mismo Ricardo Raphael en su cuenta de Twitter.

Así pues, en la pasada “Tertulia Política” de los jueves (https://youtu.be/lySj66lgWRY), mostraban la critica que se le hacía a Enrique Ochoa Reza, presidente del Partido Revolucionario Institucional (PRI), por evidenciar las trampas que ocultaba su propuesta de aportaciones al fondo para la reconstrucción y ayuda a personas damnificadas, por el terremoto del pasado martes 19 de septiembre del año en curso; así mismo, revelaban la trampa política que esto hacia al obligar a los demás partidos hacer lo mismo. Una más de las trampas exhibidas realizadas por Ochoa Reza, era quitar el financiamiento público a partidos políticos en su totalidad, lo cual calificó Casar de “legalizar lo ilegal”, abriendo el candado para que cualquier tipo de recursos, sobre todo ilícitos como aquellos provenientes de desvíos de fondos públicos realizados por exgobernadores del PRI, financiaran las campañas electorales del próximo 2018; y bueno la estocada final, desaparecer curules para que el PRI volviera a tener control de las Cámaras, con más o menos a buen cálculo el 46 % de diputados y 49% de senadores para ellos, y de esta forma dejar sin representación a minorías políticas, generando una oligarquía de “iure” partidista entre dos únicas fuerzas, el PRI y PAN.

Entre sus críticas señalaron la mezquindad e inmoralidad del PRI, ya que su proyecto lucraba con la desgracia nacional que vivimos, y por tanto, el oportunismo político de Ochoa Reza; al mismo tiempo que condenaron la suposición de esa clase política de tener como tontos al electorado para apoyar senda propuesta.

Entonces se puede deducir como hipótesis de trabajo, y por información de dominio público, que incomodo al PRI y que la censura viene por parte de Enrique Ochoa Reza –así como sabemos que Peña Nieto y Osorio Chong censuraron a Carmen Aristegui por caso: Casa Blanca- y que en su enojo Ochoa Reza, por haberle desenmascarado en su treta, fue calificado de inmoral, oportunista y mezquino; que la clase de censura al Dr. Curzio fue amagándole para quitar a María Amparo Casar y Ricardo Raphael, y digo amagándole porque ante la ética de Leonardo esto era simplemente inadmisible, no tenía otra salida, se tendría que ir él junto con las demás personas que les sacaron del programa.

Ahora lo sustancial para el derecho a la Libertad de Expresión; hemos presenciado en más de una ocasión, que la censura se da a través de pedir la renuncia o separación de integrantes o colaboradores de los equipos que integran un espacio radiofónico o televisivo, que han denunciado y/o criticado a políticos; no se hace de forma directa a titulares de esos espacios, pero generan la misma consecuencia, sacarles y quitarles de dichos espacios para ser calladas sus voces, violando el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) y sus demás derivaciones en instrumentos y mecanismos de protección a la Liberta de Expresión en sus dos dimensiones –a quien es censurada y a la audiencia de ser informada- y que esta nueva forma de censura debe ser documentada como indirecta, o quizás, generar un nueva forma: la pasiva por su forma de llegar a su alcance.

Estamos pues, frente al mismo escenario de aquel 15 de marzo de 2015, la sensación es la misma, el coraje es el mismo, el nudo en la garganta igual, las ganas de querer abrazar o hacerles llegar nuestro cariño y solidaridad a nuestras voces censuradas no cambia, sino que se incrementa; pero ahora la respuesta se concentra para el 2018, que sin duda será un escenario de cobro; otra vez denunciamos la violación del artículo 1° Constitucional en concordancia al 19 DUDH; este que no ha respetado el PRI, ni Enrique Peña Nieto, ni Osorio Chong y ahora Ochoa Reza; siempre actos dictados por su enojo y coraje, finalmente la “Sinfonía de la idiotez” provino de los políticos de siempre.

Por la conquista de todos nuestros derechos.
Rodolfo Vitela Melgar

Ciudadano Libre.